La Asamblea Nacional Popular de Argelia (APN por sus siglas en francés) ha aprobado, el pasado 13 de diciembre de 2011, una ley con disposiciones represivas tanto para la creación de nuevas asociaciones como para las ya existentes. La Red Euro Mediterránea de los Derechos Humanos (REMDH) y sus organizaciones miembro en Argelia (Colectivo de Familias de Desparecidos/as de Argelia, Liga Argelina en Defensa de los DDHH (LADDH)) remitieron, el pasado mes de octubre, a los diputados de la APN una carta solicitando la revisión del proyecto de ley. Sin embargo, estas asociaciones lamentan el caso omiso que se ha hecho a su petición y condenan firmemente las disposiciones de dicho texto, ya que no garantizan el derecho a la libertad de asociación e imponen restricciones importantes en la vida asociativa, especialmente sobre las relaciones de cooperación entre asociaciones argelinas y extranjeras.
«Esta ley constituye un atentado flagrante contra la libertad de asociación inscrita en las convenciones internacionales ratificadas por Argelia, que tienen un valor, según la propia Constitución argelina, que está por encima de las leyes nacionales” ha declarado Kamel Jendoubi, presidente de la REMDH.
“En lugar de responder a las necesidades de reformas democráticas, la nueva ley refuerza las disposiciones restrictivas de la ley 90-31 de 1990 y codifica las prácticas abusivas puestas ampliamente en práctica por las autoridades administrativas”, explica Nassera Dutour, portavoz de SOS-Desaparecidos/as, organización que a día de hoy no hay podido aún registrarse en Argelia.
A partir de ahora la creación de asociaciones se verá sometida a un régimen de autorización previo que remplaza al régimen de declaración, una simple notificación, de la ley actual. Esta nueva legislación codifica una práctica habitual, con el fin de reforzar el poder de las autoridades administrativas. En la práctica, hay preocupación por los vagos criterios de denegación del registro de asociaciones que permite a las autoridades administrativas impedir la creación de organizaciones críticas con el gobierno, como las organizaciones de defensa de los Derechos Humanos o de las familias de personas desaparecidas que exigen la derogación de la Carta para la Paz y la Reconciliación Nacional y militan por la verdad y la justicia.
En materia de financiación de las asociaciones, bajo el pretexto de administrar mejor los fondos internacionales, la nueva ley refuerza las disposiciones de la ley 90-31 que ya exige una autorización para poder recibir fondos del extranjero. Según el texto adoptado por la APN toda financiación extranjera, fuera de las relaciones de cooperación, será prohibida a priori.
Además, nuestras organizaciones están preocupadas por el fortalecimiento del control ejecutivo en la suspensión o disolución de las asociaciones. “Según el texto adoptado, añade Mustapha Bouchachi - presidente de la LADDH – a partir de ahora una decisión administrativa será suficiente para suspender las actividades de una asociación en caso de injerencia en los asuntos internos de Argelia o de atentar contra la soberanía nacional”. Esta nueva disposición aumenta el poder de la administración para interferir en la vida asociativa bajo el abrigo del control judicial.
Un poder del que la administración no se priva: según la prensa el pasado 10 de noviembre, antes de que la ley entrase en vigor, la Dirección de Reglamentación y de Asuntos Generales (DRAG) de la wilaya de Orán ya había procedido a la disolución de decenas de asociaciones locales.
Las organizaciones que forman parte de la REMDH hacen un llamamiento a las autoridades argelinas para que procedan sin demora a la revisión de este proyecto de ley, ya que sus disposiciones son claramente contrarias al espíritu del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ratificado por Argelia el 12 de septiembre 1989), y se lleven a cabo los cambios necesarios para asegurar el cumplimiento de los principios del derecho internacional en materia de libertad de asociación.
También recuerdan que las reformas democráticas se dan a través de procesos realmente participativos, transparentes e inclusivos, con la participación de organizaciones independientes de la sociedad civil.
Fuente: http://www.euromedrights.org/en/news-en/emhrn-releases/emhrn-statements-2011/10842.html
Traducido por Beatriz Ortiz
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